Sometiendo a la obediencia al contribuyente rebelde | Jaime Aristy Escuder
3 hours ago
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Con el objetivo de precisar la base imponible del impuesto selectivo al consumo y eliminar el margen de interpretación entre la Administración Tributaria y un productor de cervezas —que genera deudas tributarias estimadas en más de mil millones de pesos anuales—, la reciente ley 30-26 modificó, a través de su artículo 41, el literal b) del artículo 367 del Código Tributario.
La ley ratifica que la base imponible del impuesto selectivo al consumo ad valorem es el precio de venta al por menor del producto, pero precisa que corresponde “al precio final al consumidor, incluyendo de manera integral y sin excepción todos los componentes, costos y elementos incorporados al producto para su comercialización.”
Este es el comentario del economista Jaime Aristy Escuder para Enfoque Final. Enfoque Final se transmite de lunes a viernes de 9:00 a 10:00 p.m. por CDN, canal 37.
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